miércoles 1, septiembre 2010

Multas para padres de menores alcoholizados

Buscan pulir la ordenanza de menores para evitar vetos parciales

El intendente se reunió con concejales y funcionarios. Traslados a la comisaría de menores, alcoholizados, procedimiento para los trabajos comunitarios y maximizar la operatividad, fueron los ejes del debate. Ediles aseguran que no habrá marcha atrás con la normativa, que debería entrar en vigencia el fin de semana que viene.

Alfaya fue una de las concejales que participó del encuentro con Zúccaro.

Ediles, funcionarios y el intendente se reunieron para pulir la ordenanza que pretende multar y castigar a los padres de menores alcoholizados.
Es que tras la aprobación del HCD la semana pasada, el propio jefe comunal Humberto Zúccaro deslizó la posibilidad de vetar parcialmente la normativa, anulando alguno de los puntos que más dudas le generan.
Uno de ellos tiene que ver con el traslado de los menores a las comisarías durante un máximo de 6 horas. La idea de tener a un menor de edad en una comisaría no es del todo atractiva, más si se tiene en cuenta que hay legislación que hace tambalear esa posibilidad.
Trasladarlos a un hospital, entienden algunos funcionarios que participaron del encuentro, sería lo más “lógico”.
En ese sentido, la postura de algunos concejales y funcionarios sería la de modificar ese artículo, habida cuenta de los problemas que podrían surgir respecto a la presencia de menores en comisarías, mientras que otros señalarían que “la Policía es una institución de la democracia, y que “si llega a haber algún problema “se hará la denuncia correspondiente”.
Otro de los puntos de la normativa, que entraría en vigencia el próximo fin de semana, obliga a los padres a realizar labores comunitarias en el caso de que sus hijos menores sean encontrados ebrios. Lo que quiere saber el Municipio es qué tipo de cobertura laboral aplicar para esas personas que se encuentren realizando labores para el Municipio o entidades intermedias.
Otro factor que deberá resolver la Comuna es qué tipo de controles se hace a los chicos, ya que al ser menores de edad no se permite ningún tipo de concentración de alcohol en sangre, lo que obligaría a usar alcoholímetros, como los que se utilizan en las inspecciones vehiculares.
“Nunca se habló de vetos, sino al contrario, de optimizar los recursos y lograr una aplicación de la ordenanza en todo su conjunto”, señaló la edil Liliana Alfaya en diálogo con Pilar de Todos.

La ordenanza
La normativa aprobada por el HCD prevé multas de hasta 8 mil pesos para los padres o tutores de menores de edad que se embriaguen o produzcan desmanes y destrozos en la vía pública.
El texto de la Ordenanza señala que los infractores menores de 18 años podrán ser trasladados por la fuerza pública  “compulsivamente” a su domicilio, si el mismo se encuentra dentro del Partido de Pilar. De no ser esto posible, se “deberá convocar sin demora a los progenitores al lugar del hecho o al establecimiento policial o municipal donde haya sido trasladado el autor del hecho”.
Es este uno de los puntos que más hace dudar a Zúccaro, es decir la posibilidad de que los menores sean demorados o detenidos en una comisaría, una figura que incluso tiene poco asidero legal.
De todos modos, el proyecto establece que “no podrá incomunicarse al interesado ni detenerlo en calabozos ni situaciones similares de encierro estrecho, pero podrá impedírsele la salida del establecimiento hasta la conclusión de las diligencias establecidas (…) que no podrán extenderse por más de seis horas”.
Las multas para los padres irán desde los 3 a los 10 sueldos mínimos municipales (unos 8 mil pesos de techo actualmente, ya que el mínimo es apenas superior a los 800 pesos), y se podrán fijar horas de trabajo comunitario que irán de las 20 a las 40.
En caso de incumplimiento de una sentencia condenatoria de tareas reparatorias, el Juez podrá imponer la pena de hasta tres días de arresto a los padres o tutores del chico.
La ordenanza también fija multas para los locales nocturnos que permitan la presencia de menores de edad con cargos que van desde los diez hasta los 50 sueldos mínimos y de 10 a 30 días de clausura.
Y prohíbe el consumo y la venta, expendido o suministro de bebidas alcohólicas o sustancias capaz de producir embriaguez, a menores de 18 años, durante las 24 horas, en bares, confiterías, establecimientos bailables, lugares de acceso al público y despachos, entre ellas la de entrega a domicilio. La sanción por esta falta será desde diez y hasta cincuenta sueldos municipales de multa y de diez a treinta días de clausura.




 
 
 
 
 
 
 



 
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