SECCIONES
1 DE DICIEMBRE DE 2009
  LA ACTUALIDAD DE PILAR  
  PRINCIPAL
Ediciones Ant.
(¡Nuevo!)
Contáctenos
Hacé esta tu página de inicio

Estadisticas

 

Visto bueno del HCD

Luego de 2 años de estar cajoneado, se aprueba proyecto para asegurar el acceso a la información pública

La idea fue impulsada por la edil de la Coalición Cívica. Pero propuestas similares habían sido enviadas a archivo hace unos 5 años. Se da en el marco de un acuerdo entre la oposición y el oficialismo. También se pusieron límites a la publicidad oficial

Luego de dormir casi dos años en los despachos del Concejo Deliberante, el Legislativo le dio vía libre a una ordenanza que prevé mecanismos para asegurar el libre acceso a la información pública.
En rigor, si bien la idea era fogoneada por la edil de la Coalición Cívica Marcela Campagnoli, propuestas similares, como la presentada por la entidad Pro Pilar en el 2004, o una similar impulsada por el Paufe en el 2005, fueron rechazadas en su momento, aunque siempre con el mismo justificativo: que corría el riesgo de que se violen  determinados derechos, como el de la privacidad.
Sin embargo, con el diálogo político entre la oposición y el oficialismo como marco, el legislativo le dio el visto bueno a la idea.
En los considerandos del proyecto aprobado el último sábado, Campagnoli señala que el Acceso a la Información Pública constituye “una instancia de participación ciudadana por la cual toda persona ejercita su derecho a peticionar, consultar y recibir información del Estado y que en el nivel local ejerce su derecho peticionándola y recibiéndola de los Departamentos de Gobierno” y que “la finalidad del Acceso a la Información Pública es permitir y promover una efectiva participación ciudadana a través de la provisión de información completa, adecuada oportuna y veraz, en forma gratuita”.
Así, los ciudadanos, menos los concejales y los empelados municipales (un cambio de último momento que en rigor no modifica la esencia de la propuesta), podrán ejercer su derecho “a peticionar, consultar y recibir información del Departamento Ejecutivo y/o del Honorable Concejo Deliberante, Órganos centrales o descentralizados creados o a crearse, empresas licenciatarias y/o concesionarias de servicios o espacios públicos Municipales, Delegaciones Municipales, y Juzgado de Faltas del Partido del Pilar.
El acceso público a la información será gratuito en tanto no se otorgue su reproducción. Las copias que se autorizaren son a costa del solicitante.
La solicitud de información se realizará por escrito con la identificación del peticionante, quien deberá consignar su domicilio real y constituir domicilio en el Distrito. Las solicitudes también podrán efectuarse en la oficina correspondiente en forma oral, en cuyo caso el funcionario municipal que recepcione la petición deberá dejar constancia de ello e iniciar el trámite pertinente de forma similar a las presentaciones formuladas por escrito.
La información puede ser brindada en el estado en que se encuentre al momento de efectuarse la petición, no estando obligada la dependencia respectiva a procesarla o clasificarla. El texto, además, introduce castigos para las áreas que se nieguen a entregar la información. “La denegatoria a la solicitud (…) debe ser fundada. Si la demanda de información no hubiera sido satisfecha en el plazo de 15 (quince) días hábiles posteriores a la fecha de solicitud; el plazo es prorrogable por otros quince días hábiles de mediar circunstancias que dificulten la obtención de la información solicitada. Si no hubiera sido fundadamente denegada o si la respuesta a la requisitoria hubiere sido inexacta, el solicitante se encuentra habilitado para actuar conforme lo establecido en la normativa vigente incurriendo el funcionario que incumpla en falta grave, sin perjuicio de las acciones disciplinarias que los titulares de los Departamentos Ejecutivo, Deliberativo, órganos centralizado y descentralizados, y/o Juzgado de Faltas según el caso, pudieran ordenar con arreglo a la legislación vigente.

Excepciones
De todos modos, el proyecto prevé excepciones para algunos casos en particular:
a) Información que comprometa los derechos o intereses legítimos de un tercero;
b) Información preparada por asesores jurídicos o abogados del Municipio cuya publicidad pudiera revelar la estrategia a adoptarse en la defensa o tramitación de una causa judicial o divulgare las técnicas o procedimientos de investigación o cuando la información privare a una persona el pleno ejercicio de la garantía del debido proceso;
c) Cualquier tipo de información protegida por el secreto profesional o por normas provinciales y/o nacionales o abarcada por secreto del sumario;
d) Notas internas con recomendaciones u opiniones producidas como parte del proceso previo al dictado de un acto administrativo o a la toma de una decisión, que no formen parte de un expediente;
e) Información referida a datos personales de carácter sensible -en los términos de la Ley Nº 25.326 cuya publicidad constituya una vulneración del derecho a la intimidad y al honor, salvo que se cuente con el consentimiento expreso de la persona a que refiere la información solicitada;
f) Información que pueda ocasionar un peligro a la vida o seguridad de una persona.
g) Información sobre materias exceptuadas por leyes u ordenanzas específicas;
h) Información obrante en actuaciones que hubieren ingresado al Departamento de Asuntos Técnicos para el dictado del acto administrativo definitivo; hasta el momento de su publicación y/o notificación.
También deberán presentar información las empresas privatizadas que tengan en sus manos prestaciones comunales siempre y cuando esos requerimientos busquen datos relacionados con esos servicios.
Una vez promulgada la Ordenanza, el Ejecutivo tendrá 90 días para dictar su reglamentación.

Limitan y transparentan la pauta oficial
También impulsada por la edil Campagnoli, el deliberativo le dio el visto bueno a un proyecto que busca ponerle límites a la publicidad oficial y a transparentar los mecanismos de adjudicación de la torta publicitaria del Estado Comunal.
Así, un monto del total presupuestado, un 25%, deberá ser repartido sí o sí entre todos los medios y producciones independientes que se anoten en un registro creado a tal fin. Para ingresar, se deberán cumplimentar una serie de requerimientos, tales como no tener deudas con la Comuna, la Provincia o la AFIP, y determinada antigüedad, entre 1 y 2 años, para las producciones independientes y los sitios web.
El otro 75% de lo que se destine a difundir los actos de Gobierno, deberá repartirse según criterios de niveles de tirada (para los gráficos) y audiencias (para las radios y la TV). Para obtener esos datos, se prevén convenios con universidades estatales o privadas, para que ellas realicen los relevamientos. De todos modo, durante el 2010, como ya se había planteado y calculado el presupuesto, la ordenanza señala, con una frase tan ambigua como confusa, que ese 75% se repartirá “como hasta ahora”.
Además, con el objeto de transparentar la pauta, el proyecto señala que los montos contratados pro el Gobierno deberán ser publicados en el sitio web de la Municipalidad.

 

 

 
 
 
Pilar de Todos es el periódico de mayor tirada en el Partido de Pilar, Bs. As. Argentina
Tel. 02322-494175